Derecho de acceso

01-04-2026

Información.-

En el ejercicio de sus funciones, el Colegio Oficial de Podólogos de Canarias en el acceso a la información pública, maneja datos susceptibles de convertirse en estadísticas en el ámbito sujeto a su control de derecho de acceso.

Información pública.-

Todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública, en los términos previstos en el artículo 105.b) de la Constitución Española y en la legislación reguladora del derecho de acceso a la información pública.

La Junta de Gobierno del Colegio es el órgano competente para la resolución de las solicitudes de acceso a la información pública.

Se entiende por información pública los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones (artículo 13 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno).

La información pública se puede solicitar todo el año por los siguientes medios:

-Tramitación telemática  – al correo electrónico: info@copoca.org

-Tramitación presencial (a la dirección de correo de la sede colegial)

C/ Pérez Zamora 9, 1º – oficina 2 (38400 Puerto de la Cruz – Tenerife)

En caso de disconformidad con la respuesta dada por el Colegio a una petición de acceso a información pública, podrá interponerse en el plazo de un mes la reclamación ante el Comisionado de Transparencia, tal y como viene recogido en los artículo 52 a 57 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Facilitamos asimismo el enlace a la página del Comisionado de Transparencia Canaria sobre RECLAMACIONES.

Enlace: https://transparenciacanarias.org/como-reclamar/

Resoluciones denegatorias.-

El Colegio Oficial de Podólogos de Canarias no ha dictado resoluciones denegatorias desde que existen datos (años 2019 a 2025, ambos incluidos), por lo que no se dispone de resoluciones denegatorias previa disociación de los datos de carácter personal, tal como se establece en el apartado 3 del artículo 14 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

Estadísticas de Derecho a Acceso.-

El Colegio Oficial de Podólogos de CanariaS  no dispone de estadísticas de derecho de acceso ​desde que existen datos (años 2019 a 2025, ambos incluidos).

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